EIdA
La Asociación de Empresas de Inserción de Andalucía (EIdA) vivió presencialmente en el Parlamento de España, la aprobación de la Ley de las Empresas de Inserción (E.I), regulación que se viene solicitando desde hace diez años. El 29 de noviembre será una fecha inolvidable para los representantes y participantes de estas empresas. El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó definitivamente el proyecto de Ley para la regulación de las Empresas de Inserción. En las enmiendas incorporadas en el trámite del Senado se introdujeron varias mejoras técnicas para ahondar en el reconocimiento de la competencia de las comunidades autónomas e ir incorporando a los colectivos en situación de exclusión social los procedentes de servicios de prevención e inserción social de Ceuta y Melilla.
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La nueva ley estipula que las empresas de inserción deberán estar promovidas y participadas por entidades promotoras al menos en un 51% del capital social, así como mantener un porcentaje de trabajadores en proceso de inserción del 30% de la plantilla durante los tres primeros años y del 50% a partir del cuarto. Además, deberán reinvertir al menos el 80% de los resultados en la mejora de sus estructuras productiva y de inserción.
Asimismo, las empresas de inserción y los trabajadores podrán celebrar contratos de trabajo temporal de fomento de empleo, que tienen por objeto la prestación voluntaria de servicios retribuidos por cuenta ajena en una empresa de inserción como parte esencial de un itinerario personalizado, y podrá concertarse por un periodo mínimo de 12 meses y máximo de 3 años.Por otro lado, podrán concertarse contratos de trabajo de carácter indefinido o duración determinada ajustándose a las modalidades contempladas en la legislación laboral vigente.
La nueva norma busca, asimismo, que la regulación de las empresas de inserción aumente el número de personas excluidas socialmente que serán atendidas en procesos de inserción sociolaboral. Desde el punto de vista de las políticas públicas se trata de sustituir políticas pasivas por activas.
Para más información: http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2007/21492&txtlen=1000.
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